NOTA FISCAL ELECTRÓNICA


A partir del 18 de abril se ha decretado la obligatoriedad de la emisión de la
Nota Fiscal Electrónica (Factura Electrónica) a las compañías fabricantes de
cigarros y distribución de combustibles líquidos de acuerdo al código tributario
nacional 5,172 de 25 de octubre que entra en vigor a partir del 1 de enero del
2008

Modelo conceptual

Se define la utilización de los siguientes documentos electrónicos:

A. Recepción de NF-e (Factura Electrónica)
a. Recepción de lote
b. Consulta de procesamiento de lotes

B. Cancelación de NF-e
C. Cancelación de numeración de NF-e
D. Consulta de NF-e

Para cada servicio de comunicación con la agencia de Secretaría de Hacienda
(Secretaria Fazenda) de estos mensajes se desarrolla una comunicación vía
Web_Services en donde existe la comunicación



Si requiere más información podrá acceder a ella en el libro de factura electrónica o solicitando informes en nuestra pagina de contacto